MIS IMPUESTOS · MÉXICO 2026

Lo que ganas.
Lo que toca pagar.

Entiende tu ISR, descubre qué puedes deducir y cuánto cambia tu impuesto. Sin perder de vista lo que ya te retuvieron.

01 · Elige tu régimen02 · Agrega tus deducciones03 · Entiende el resultado

Estimación educativa para personas físicas en México con un solo tipo de ingreso. ISR anual 2026 para asalariados, actividad empresarial y arrendamiento; ISR mensual para RESICO. No presenta declaraciones.

01 / TU SITUACIÓN

Cada régimen es distinto.

Ejemplo editable en MXN. Cambia los ingresos y gastos por tus propios importes.

El promedio se multiplica por 12. Incluye también prestaciones gravadas y otros cobros de este mismo régimen en tu total anual.
Datos de tu nómina
Incluida en el ingreso de arriba. Usa el importe exento de tus CFDI; no capturas aquí tus gastos.
Si te correspondió, captura el total anual de tus comprobantes de nómina. No lo calculamos a partir del promedio mensual.

Esta vista estima tu ISR anual. Para conocer tu depósito mensual con IMSS y descuentos, usa ¿Cuánto me queda?

Deduce lo que sí corresponde.

Todos estos importes son anuales, aunque captures un ingreso mensual. Ingresa únicamente gastos que cumplan requisitos fiscales; tener factura no vuelve deducible cualquier compra.

Salud, vivienda y familia
Honorarios médicos, dentales, psicología y nutrición con profesional autorizado. Paga por medios bancarios desde tu cuenta. No incluyas medicinas de farmacia ni importes reembolsados.
Para ti o familiares permitidos; no seguros de vida o de auto.
Usa la constancia del banco, no la mensualidad completa. Casa habitación y crédito dentro del límite de 750,000 UDIS.
Aplicamos el límite de una UMA anual: $42,794.64. Deben corresponder a servicios utilizados, no anticipados.
Separado en el comprobante y pagado por medios bancarios.

Para gastos de familiares verifica parentesco, beneficiarios y, cuando corresponda, su límite de ingresos. No calculamos donativos, colegiaturas, gastos por discapacidad certificada ni otros estímulos especiales.

Aportaciones para tu retiro
Solo aportaciones con constancia y permanencia fiscal hasta los 65 años o los supuestos de invalidez. No cualquier depósito en AFORE ni un producto del artículo 185.

Tope propio: 10% de ingresos acumulables, sin superar cinco UMA anuales. Se calcula por separado del límite general de deducciones personales.

Suma únicamente ISR efectivamente retenido o pagado del periodo. No incluyas IMSS, IVA ni subsidio. Si no lo sabes, cero muestra el impuesto sin pagos acreditados.

Tus importes se calculan en este navegador. No pedimos RFC, contraseña del SAT ni e.firma; este formulario no guarda tus cifras.

ANTES DE PEDIR FACTURA

Deducir no es recuperar todo lo que gastas.

Una deducción reduce la base

Si gastas $1,000 en un concepto permitido, no significa que el SAT te devuelva $1,000. El ahorro depende de tu tasa, los límites y tu impuesto causado.

Un pago previo reduce el saldo

El ISR retenido en tus recibos y tus pagos provisionales cuentan contra el impuesto. Un posible saldo a favor necesita validación; no es una devolución garantizada.

El IVA lleva otra cuenta

No sumamos un ISR anual a un IVA mensual. Tampoco descontamos automáticamente un saldo a favor de un impuesto contra el otro.

Alcance, cálculo y fuentes oficiales

Revisión: 12 de octubre de 2026. La anual corresponde al ejercicio 2026, que se declara en 2027 cuando exista obligación; no es el cálculo del ejercicio 2025 presentado en 2026. No determinamos si estás obligado a presentar declaración.

ISR anual: ingresos gravados menos deducciones autorizadas de la actividad y deducciones personales aplicables. Al resultado se aplica la tarifa anual del Anexo 8, apartado C.II: cuota fija más excedente del límite inferior por tasa marginal. Después restamos subsidio acreditable capturado, si corresponde a salarios, y pagos de ISR ya efectuados. Los resultados se redondean a centavos para comparación.

El límite general personal es el menor de 15% de los ingresos totales, incluidos exentos, y cinco UMA anuales 2026 ($213,973.20). Gastos funerarios: una UMA anual. PPR del artículo 151: límite propio de 10% de ingresos acumulables y cinco UMA anuales. Nunca reducimos la base por debajo de cero.

RESICO usa únicamente ingreso efectivamente cobrado del mes, sin IVA y sin deducciones de ISR; la tasa del tramo se aplica al total: 1%, 1.1%, 1.5%, 2% o 2.5%. La RMF 2026, regla 3.13.7, establece pagos mensuales definitivos para el caso general. Captura las retenciones reales; las personas morales retienen 1.25% de ISR en los supuestos del artículo 113-J. No anualizamos el resultado mensual.

IVA: cobros gravados capturados × 16%, menos IVA acreditable y retenciones sufridas del mismo mes. No incluye saldos de meses anteriores, prorrateos, ajustes de inversiones, importaciones ni IVA retenido a terceros. RESICO puede acreditar IVA sujeto a los requisitos correspondientes.

Estimamos un régimen a la vez. No consolidamos ingresos de distintos regímenes, pérdidas fiscales, PTU, impuestos locales, pensiones, indemnizaciones, enajenación de bienes, dividendos, actividad extranjera ni estímulos. Las deducciones de negocio e inversiones deben capturarse ya limitadas a su importe fiscalmente permitido. La elegibilidad real depende de tus documentos y circunstancias.

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Cómo contamos las visitas

Una visita por navegador a esta herramienta. Volver a abrir este simulador antes de 30 minutos desde la última apertura no suma otra visita; al cambiar de día comienza una nueva. Los navegadores únicos se cuentan una vez al día. Zona horaria: Ciudad de México.

Usamos la misma cookie del contador global. No guardamos los importes ni las respuestas de tus cálculos. Las visitas por herramienta comienzan con este nuevo registro; no se reconstruyen visitas anteriores.

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